Ha comenzado el Año Jubilar Teresiano

Ha comenzado el Año Jubilar Teresiano
 
La Iglesia Universal celebra en 2014 el IV Centenario de la Beatificación de Santa Teresa de Jesús, a la vez que se prepara para el V Centenario de su nacimiento, que se conmemorará el próximo año.
 
La Penitenciaría Apostólica, por especial mandato del Papa Francisco y a petición de la Conferencia Episcopal Española, ha concedido a España, con motivo de las diversas efemérides teresianas, un Año Jubilar.
 
En la Archidiócesis de Sevilla, la presencia del Carmen Descalzo se remonta a los tiempos de la propia Santa Teresa, quien llevó a cabo en 1575 la fundación del Convento de San José de la ciudad Sevilla, extendiéndose después por diversas localidades de la geografía diocesana. Este es uno de los templos designados en el decreto del arzobispo para obtener la indulgencia. La lista completa de templos destinados a este fin, desde el 15 de octubre de 2014 al 15  de octubre de 2015, son los siguientes:
 
* Iglesia del Convento de San José, conocido como Las Teresas, de las MM. Carmelitas Descalzas, situada en la C/ Santa Teresa, 7, de Sevilla.
 
* Iglesia del Convento de San José, de las MM. Carmelitas Descalzas, situada en la C/ Real, 18, de Sanlúcar la Mayor.
 
* Iglesia del Convento de San José, de las MM. Carmelitas Descalzas, situada en la C/ Del Conde, 16, de Écija.
 
* Iglesia del Convento de San José, de las MM. Carmelitas Descalzas, situada en la C/ Fernando Quiñones, 55, de Dos Hermanas.
 
* Iglesia del Convento del Santo Ángel, de los PP. Carmelitas Descalzos, situada en la C/ Rioja, 23, de Sevilla.
 
Fieles ancianos o gravemente enfermos
 
Asimismo, según indica el decreto de la Penitenciaria Apostólica, los fieles que estuvieran impedidos a causa de la ancianidad o una enfermedad grave, “igualmente podrán lucrar la indulgencia plenaria si, arrepentidos de sus pecados y con propósito de cumplir lo antes posible las tres acostumbradas condiciones, ante alguna pequeña imagen o estampa de Santa Teresa de Jesús se unieran espiritualmente a las celebraciones jubilares o peregrinaciones, rezando el Padrenuestro y el Credo en su casa o en el lugar donde permanezcan a causa de su impedimento, ofreciendo los dolores y molestias de la propia vida”.
 
Decreto del arzobispo de Sevilla
 
En el decreto firmado por mons. Asenjo Pelegrina, se informa que los fieles podrán lucrar para sí mismos una indulgencia plenaria “cuando visiten en forma de peregrinación alguno de los templos designados por el arzobispo para esta ocasión. Allí –según se destaca en el citado decreto- deberán asistir devotamente a algún rito sagrado o, al menos, orar durante un tiempo suficiente ante alguna imagen solemnemente expuesta de Santa Teresa de Jesús, terminando con el rezo del Padrenuestro, el Credo, y una invocación a la Bienaventurada Virgen María y a Santa Teresa. También podrá aplicarse esta indulgencia a las almas de los fieles retenidas en el Purgatorio”.
 
 
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