La indulgencia plenaria ante la emergencia del Covid-19

La indulgencia plenaria ante la emergencia del Covid-19

Ante la emergencia del Covid-19, la Penitenciaría Apostólica por medio de un decreto del 19 de marzo de 2020, firmado por el Cardenal Mauro Piacenza, Penitenciario Mayor, autorizado por el Papa Francisco, establece los medios y las condiciones habituales para que obtengan Indulgencia plenaria los siguientes fieles:

1. Los enfermos de coronavirus, sujetos a cuarentena por orden de la autoridad sanitaria en los hospitales o en sus propias casas.

2. Los agentes sanitarios, los familiares y todos aquellos que, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, exponiéndose al riesgo de contagio, cuidan de los enfermos de coronavirus.

3. Aquellos que ofrezcan los actos piadosos, que se contemplan en el decreto, para implorar a Dios Todopoderoso el fin de la epidemia, el alivio de los afligidos y la salvación eterna de los que el Señor ha llamado a sí.

4. Los que están a punto de morir y no pueden recibir el sacramento de la Unción de los enfermos y el Viático, siempre que estén debidamente dispuestos y hayan rezado durante su vida algunas oraciones. En este caso la Iglesia suple las condiciones habituales requeridas y recomienda el uso del crucifijo o de la cruz.

Siguiendo el deseo del Papa Francisco, nos encomendamos a la Santísima Virgen María para que ahuyente en nosotros el mal de esta epidemia y obtengamos el bien necesario para nuestra salvación y santificación.

En Sevilla, a 21 de marzo de 2020.

 

Teodoro León Muñoz

Vicario General

Prot. nº1053/20

 

Puede consultar el decreto de la Penitenciaría Apostólica en este enlace.

 


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