Aclaraciones sobre la comunión de los fieles celíacos en la Archidiócesis de Sevilla

Aclaraciones sobre la comunión de los fieles celíacos en la Archidiócesis de Sevilla

La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, por encargo del Santo Padre, ha difundido una carta circular dirigida a los Obispos sobre el pan y el vino para la Eucaristía.

La carta recoge la invalidación de las formas sin gluten para la sagrada comunión, en cambio, “son materia válida las hostias con la mínima cantidad de gluten necesaria para obtener la panificación sin añadir sustancias extrañas ni recurrir a procedimientos que desnaturalicen el pan”. Precisamente las sagradas formas que se consumen en la Archidiócesis desde hace varios años ya cumplen con esta condición, sin conocimiento de ningún incidente o reacción alérgica o de intolerancia de los fieles celiacos.

En su misiva, también se recomienda certificar la idoneidad de la materia eucarística, especialmente de aquellas formas que se venden en supermercados, otros negocios o a través de internet.  “Es el Ordinario el que debe recordar a los presbíteros, en particular a los párrocos y a los rectores de las iglesias, su responsabilidad para comprobar quién es la persona encargada de proveer el pan y el vino para la celebración, así como la idoneidad de la materia”, se indica desde la Congregación.

Igualmente, se recuerdan las normas ya recogidas en la Instrucción Redemptionis Sacramentum de esta Congregación (25 de marzo de 2004): “El pan que se emplea en el santo Sacrificio de la Eucaristía debe ser ázimo, de sólo trigo y hecho recientemente, para que no haya ningún peligro de que se corrompa”. Por tanto, no puede ser elaborado con otras sustancias y se considera “un abuso grave” introducir fruta, azúcar o miel. “Es claro que las hostias deben ser preparadas por personas que no sólo se distingan por su honestidad, sino que además sean expertas en la elaboración y dispongan de los instrumentos adecuados”.  Por su parte, el vino utilizado en la celebración “debe ser natural, del fruto de la vid, puro y sin corromper, sin mezcla de sustancias extrañas”. No se debe admitir bajo ningún pretexto otras bebidas de cualquier género, aunque se considera válida el mosto, zumo de uva fresco o conservado, “cuya fermentación haya sido suspendida por medio de procedimientos que no alteren su naturaleza (por ejemplo, el congelamiento)”.

Por último, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos sugiere que se encargue a una o más congregaciones religiosas o entidades “capaces de verificar las garantías necesarias sobre la producción, conservación y venta del pan y del vino para la Eucaristía”.

Adjuntamos, a continuación, las ‘Orientaciones sobre la Comunión de los fieles celiacos’ publicada por la Vicaría General de la Archidiócesis de Sevilla, el 25 de abril de 2008.


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